24 jun 2024
24 jun 2024
24 jun 2024
24 jun 2024
Monitoreo legal de WhatsApp corporativo
Monitoreo legal de WhatsApp corporativo
Entiende cómo la empresa debe proceder para supervisar conversaciones a través de la aplicación.
El plazo puede ser corto, la mesa puede tener una pila de trabajo por hacer, la agenda puede estar llena de compromisos, pero no hay manera... Es casi imposible evitar esa miradita en el WhatsApp al escuchar el tono de la app señalando la recepción de un mensaje.
La notificación puede venir de un contacto personal o del propio jefe, por lo tanto, esa “revisión” en el celular no es un crimen. El problema es cuando el usuario utiliza la cuenta de WhatsApp corporativa para asuntos personales o utiliza los dispositivos del empleador para comunicarse con terceros, sin relación con la empresa.
Entonces, lo que sería privado pasa a estar en el radar de la organización y, por lo tanto, es susceptible de seguimiento por parte del gerente. Pero, ¿realmente puede la empresa monitorear conversaciones ocurridas en el mensajero? Bueno, este es un tema que involucra muchas interpretaciones, sin embargo, vamos ver lo que dice la ley al respecto.
SÍ, el WhatsApp puede ser monitoreado por la empresa
Antes de profundizar en la jurisprudencia del monitoreo del WhatsApp corporativo, cabe destacar que gran parte de las empresas proporciona a los colaboradores cuentas y dispositivos propios para que los empleados se comuniquen con el equipo interno, clientes y proveedores, y traten exclusivamente asuntos profesionales.
No obstante, por una cuestión de practicidad en el día a día, terminamos utilizando tales aparatos y el WhatsApp de la corporación para nuestra propia comunicación personal y esto es lo que genera incomodidad para la compañía y los trabajadores.
De acuerdo con la ley, las empresas pueden monitorear sus dispositivos y cuentas comerciales, siempre que haya una comunicación previa a los colaboradores sobre esta práctica. Es aconsejable, incluso, la firma de un término de consentimiento por parte del empleado, que registre su conocimiento sobre esta conducta de la compañía.
Lo que queda prohibido, conforme al Artículo 10º, del 5º Inciso de la Constitución Federal es el seguimiento de conversaciones p(Personales, dado que “son inviolables la intimidad, la vida privada, el honor y la imagen de las personas.”
Pero si los aparatos y el WhatsApp son propiedad del empleador y el uso de los mismos no se restringe a fines profesionales, ¡tenemos un impasse! ¿Cómo resolverlo?
¿Qué está permitido y prohibido al monitorear dispositivos y el WhatsApp corporativo?
¡Comencemos por los dispositivos físicos, como celulares, tabletas y computadoras portátiles de la empresa! Las corporaciones pueden monitorear diversas actividades desde los equipos para garantizar seguridad y productividad. Esto incluye:
Localización vía GPS: para rastreo de equipos externos y logística;
Uso de aplicaciones: verificación sobre aplicaciones instaladas y utilizadas;
Acceso a datos corporativos: control sobre correos electrónicos, documentos y archivos de la empresa en el dispositivo;
Historial de navegación: monitoreo de sitios accedidos;
En el WhatsApp corporativo, es posible supervisar:
Cumplimiento de la jornada laboral: verificar si gerentes y colaboradores laboran más allá del horario laboral, con el fin de evitar problemas laborales;
Divulgación de información confidencial de la empresa sin previa autorización – la Ley General de Protección de Datos prevé sanciones a las empresas que divulgan a terceros, datos sensibles de clientes, proveedores y colaboradores;
Incumplimiento de políticas de la empresa – infracciones legales, desviaciones de conducta, uso inadecuado de lenguaje, acosos, bullying, promoción de inseguridad psicológica;
Rastrear métricas de uso – detectar uso excesivo de la aplicación, cantidad de mensajes recibidos y enviados.
¿Cómo monitorear el WhatsApp y practicar el compliance digital?
Una solución innovadora en América Latina, de monitoreo e inteligencia conversacional ha sido diseñada para que las empresas puedan ejercer la gobernanza de su comunicación a través del WhatsApp corporativo, en conformidad con las leyes vigentes.
Zapper es una plataforma que monitorea cada cuenta de WhatsApp utilizada por la organización, pudiendo ser utilizada por todos los departamentos, con diversos beneficios: identificar puntos de mejora en los procesos internos; verificar el nivel de asertividad en el discurso de los empleados con clientes y terceros; probar estrategias de atención; observar la performance de campañas promocionales; detectar infracciones a las políticas de la corporación, entre otros.
Los datos recopilados cumplen con las exigencias de la LGPD, de almacenamiento en la nube de la información, especialmente de datos sensibles sobre identificación. De este modo, se evita la filtración del contenido y la exposición de los usuarios. El acceso queda restringido al gerente, promoviendo mayor seguridad.
Lee también: LGPD y WhatsApp: Lo Que Necesitas Saber
Zapper es un recurso que se asocia con la empresa en la práctica del compliance y en la gestión de interacciones por medio del WhatsApp corporativo, reforzando el compromiso ético y la responsabilidad con la seguridad de todos los usuarios del mensajero.
El uso de nuestra tecnología sumada a la transparencia de nuestros clientes con respecto a todos sus contactos es lo que está revolucionando la comunicación y generando mayor credibilidad en el mercado. ¿Qué tal ser parte de esto? Únete al equipo de grandes actores nacionales e internacionales que ya cuentan con nuestra solución. Estamos listos para atenderte.
¡Trabaja en conformidad! Haz clic aquí para agendar una demostración de la herramienta.
El plazo puede ser corto, la mesa puede tener una pila de trabajo por hacer, la agenda puede estar llena de compromisos, pero no hay manera... Es casi imposible evitar esa miradita en el WhatsApp al escuchar el tono de la app señalando la recepción de un mensaje.
La notificación puede venir de un contacto personal o del propio jefe, por lo tanto, esa “revisión” en el celular no es un crimen. El problema es cuando el usuario utiliza la cuenta de WhatsApp corporativa para asuntos personales o utiliza los dispositivos del empleador para comunicarse con terceros, sin relación con la empresa.
Entonces, lo que sería privado pasa a estar en el radar de la organización y, por lo tanto, es susceptible de seguimiento por parte del gerente. Pero, ¿realmente puede la empresa monitorear conversaciones ocurridas en el mensajero? Bueno, este es un tema que involucra muchas interpretaciones, sin embargo, vamos ver lo que dice la ley al respecto.
SÍ, el WhatsApp puede ser monitoreado por la empresa
Antes de profundizar en la jurisprudencia del monitoreo del WhatsApp corporativo, cabe destacar que gran parte de las empresas proporciona a los colaboradores cuentas y dispositivos propios para que los empleados se comuniquen con el equipo interno, clientes y proveedores, y traten exclusivamente asuntos profesionales.
No obstante, por una cuestión de practicidad en el día a día, terminamos utilizando tales aparatos y el WhatsApp de la corporación para nuestra propia comunicación personal y esto es lo que genera incomodidad para la compañía y los trabajadores.
De acuerdo con la ley, las empresas pueden monitorear sus dispositivos y cuentas comerciales, siempre que haya una comunicación previa a los colaboradores sobre esta práctica. Es aconsejable, incluso, la firma de un término de consentimiento por parte del empleado, que registre su conocimiento sobre esta conducta de la compañía.
Lo que queda prohibido, conforme al Artículo 10º, del 5º Inciso de la Constitución Federal es el seguimiento de conversaciones p(Personales, dado que “son inviolables la intimidad, la vida privada, el honor y la imagen de las personas.”
Pero si los aparatos y el WhatsApp son propiedad del empleador y el uso de los mismos no se restringe a fines profesionales, ¡tenemos un impasse! ¿Cómo resolverlo?
¿Qué está permitido y prohibido al monitorear dispositivos y el WhatsApp corporativo?
¡Comencemos por los dispositivos físicos, como celulares, tabletas y computadoras portátiles de la empresa! Las corporaciones pueden monitorear diversas actividades desde los equipos para garantizar seguridad y productividad. Esto incluye:
Localización vía GPS: para rastreo de equipos externos y logística;
Uso de aplicaciones: verificación sobre aplicaciones instaladas y utilizadas;
Acceso a datos corporativos: control sobre correos electrónicos, documentos y archivos de la empresa en el dispositivo;
Historial de navegación: monitoreo de sitios accedidos;
En el WhatsApp corporativo, es posible supervisar:
Cumplimiento de la jornada laboral: verificar si gerentes y colaboradores laboran más allá del horario laboral, con el fin de evitar problemas laborales;
Divulgación de información confidencial de la empresa sin previa autorización – la Ley General de Protección de Datos prevé sanciones a las empresas que divulgan a terceros, datos sensibles de clientes, proveedores y colaboradores;
Incumplimiento de políticas de la empresa – infracciones legales, desviaciones de conducta, uso inadecuado de lenguaje, acosos, bullying, promoción de inseguridad psicológica;
Rastrear métricas de uso – detectar uso excesivo de la aplicación, cantidad de mensajes recibidos y enviados.
¿Cómo monitorear el WhatsApp y practicar el compliance digital?
Una solución innovadora en América Latina, de monitoreo e inteligencia conversacional ha sido diseñada para que las empresas puedan ejercer la gobernanza de su comunicación a través del WhatsApp corporativo, en conformidad con las leyes vigentes.
Zapper es una plataforma que monitorea cada cuenta de WhatsApp utilizada por la organización, pudiendo ser utilizada por todos los departamentos, con diversos beneficios: identificar puntos de mejora en los procesos internos; verificar el nivel de asertividad en el discurso de los empleados con clientes y terceros; probar estrategias de atención; observar la performance de campañas promocionales; detectar infracciones a las políticas de la corporación, entre otros.
Los datos recopilados cumplen con las exigencias de la LGPD, de almacenamiento en la nube de la información, especialmente de datos sensibles sobre identificación. De este modo, se evita la filtración del contenido y la exposición de los usuarios. El acceso queda restringido al gerente, promoviendo mayor seguridad.
Lee también: LGPD y WhatsApp: Lo Que Necesitas Saber
Zapper es un recurso que se asocia con la empresa en la práctica del compliance y en la gestión de interacciones por medio del WhatsApp corporativo, reforzando el compromiso ético y la responsabilidad con la seguridad de todos los usuarios del mensajero.
El uso de nuestra tecnología sumada a la transparencia de nuestros clientes con respecto a todos sus contactos es lo que está revolucionando la comunicación y generando mayor credibilidad en el mercado. ¿Qué tal ser parte de esto? Únete al equipo de grandes actores nacionales e internacionales que ya cuentan con nuestra solución. Estamos listos para atenderte.
¡Trabaja en conformidad! Haz clic aquí para agendar una demostración de la herramienta.
El plazo puede ser corto, la mesa puede tener una pila de trabajo por hacer, la agenda puede estar llena de compromisos, pero no hay manera... Es casi imposible evitar esa miradita en el WhatsApp al escuchar el tono de la app señalando la recepción de un mensaje.
La notificación puede venir de un contacto personal o del propio jefe, por lo tanto, esa “revisión” en el celular no es un crimen. El problema es cuando el usuario utiliza la cuenta de WhatsApp corporativa para asuntos personales o utiliza los dispositivos del empleador para comunicarse con terceros, sin relación con la empresa.
Entonces, lo que sería privado pasa a estar en el radar de la organización y, por lo tanto, es susceptible de seguimiento por parte del gerente. Pero, ¿realmente puede la empresa monitorear conversaciones ocurridas en el mensajero? Bueno, este es un tema que involucra muchas interpretaciones, sin embargo, vamos ver lo que dice la ley al respecto.
SÍ, el WhatsApp puede ser monitoreado por la empresa
Antes de profundizar en la jurisprudencia del monitoreo del WhatsApp corporativo, cabe destacar que gran parte de las empresas proporciona a los colaboradores cuentas y dispositivos propios para que los empleados se comuniquen con el equipo interno, clientes y proveedores, y traten exclusivamente asuntos profesionales.
No obstante, por una cuestión de practicidad en el día a día, terminamos utilizando tales aparatos y el WhatsApp de la corporación para nuestra propia comunicación personal y esto es lo que genera incomodidad para la compañía y los trabajadores.
De acuerdo con la ley, las empresas pueden monitorear sus dispositivos y cuentas comerciales, siempre que haya una comunicación previa a los colaboradores sobre esta práctica. Es aconsejable, incluso, la firma de un término de consentimiento por parte del empleado, que registre su conocimiento sobre esta conducta de la compañía.
Lo que queda prohibido, conforme al Artículo 10º, del 5º Inciso de la Constitución Federal es el seguimiento de conversaciones p(Personales, dado que “son inviolables la intimidad, la vida privada, el honor y la imagen de las personas.”
Pero si los aparatos y el WhatsApp son propiedad del empleador y el uso de los mismos no se restringe a fines profesionales, ¡tenemos un impasse! ¿Cómo resolverlo?
¿Qué está permitido y prohibido al monitorear dispositivos y el WhatsApp corporativo?
¡Comencemos por los dispositivos físicos, como celulares, tabletas y computadoras portátiles de la empresa! Las corporaciones pueden monitorear diversas actividades desde los equipos para garantizar seguridad y productividad. Esto incluye:
Localización vía GPS: para rastreo de equipos externos y logística;
Uso de aplicaciones: verificación sobre aplicaciones instaladas y utilizadas;
Acceso a datos corporativos: control sobre correos electrónicos, documentos y archivos de la empresa en el dispositivo;
Historial de navegación: monitoreo de sitios accedidos;
En el WhatsApp corporativo, es posible supervisar:
Cumplimiento de la jornada laboral: verificar si gerentes y colaboradores laboran más allá del horario laboral, con el fin de evitar problemas laborales;
Divulgación de información confidencial de la empresa sin previa autorización – la Ley General de Protección de Datos prevé sanciones a las empresas que divulgan a terceros, datos sensibles de clientes, proveedores y colaboradores;
Incumplimiento de políticas de la empresa – infracciones legales, desviaciones de conducta, uso inadecuado de lenguaje, acosos, bullying, promoción de inseguridad psicológica;
Rastrear métricas de uso – detectar uso excesivo de la aplicación, cantidad de mensajes recibidos y enviados.
¿Cómo monitorear el WhatsApp y practicar el compliance digital?
Una solución innovadora en América Latina, de monitoreo e inteligencia conversacional ha sido diseñada para que las empresas puedan ejercer la gobernanza de su comunicación a través del WhatsApp corporativo, en conformidad con las leyes vigentes.
Zapper es una plataforma que monitorea cada cuenta de WhatsApp utilizada por la organización, pudiendo ser utilizada por todos los departamentos, con diversos beneficios: identificar puntos de mejora en los procesos internos; verificar el nivel de asertividad en el discurso de los empleados con clientes y terceros; probar estrategias de atención; observar la performance de campañas promocionales; detectar infracciones a las políticas de la corporación, entre otros.
Los datos recopilados cumplen con las exigencias de la LGPD, de almacenamiento en la nube de la información, especialmente de datos sensibles sobre identificación. De este modo, se evita la filtración del contenido y la exposición de los usuarios. El acceso queda restringido al gerente, promoviendo mayor seguridad.
Lee también: LGPD y WhatsApp: Lo Que Necesitas Saber
Zapper es un recurso que se asocia con la empresa en la práctica del compliance y en la gestión de interacciones por medio del WhatsApp corporativo, reforzando el compromiso ético y la responsabilidad con la seguridad de todos los usuarios del mensajero.
El uso de nuestra tecnología sumada a la transparencia de nuestros clientes con respecto a todos sus contactos es lo que está revolucionando la comunicación y generando mayor credibilidad en el mercado. ¿Qué tal ser parte de esto? Únete al equipo de grandes actores nacionales e internacionales que ya cuentan con nuestra solución. Estamos listos para atenderte.
¡Trabaja en conformidad! Haz clic aquí para agendar una demostración de la herramienta.
El plazo puede ser corto, la mesa puede tener una pila de trabajo por hacer, la agenda puede estar llena de compromisos, pero no hay manera... Es casi imposible evitar esa miradita en el WhatsApp al escuchar el tono de la app señalando la recepción de un mensaje.
La notificación puede venir de un contacto personal o del propio jefe, por lo tanto, esa “revisión” en el celular no es un crimen. El problema es cuando el usuario utiliza la cuenta de WhatsApp corporativa para asuntos personales o utiliza los dispositivos del empleador para comunicarse con terceros, sin relación con la empresa.
Entonces, lo que sería privado pasa a estar en el radar de la organización y, por lo tanto, es susceptible de seguimiento por parte del gerente. Pero, ¿realmente puede la empresa monitorear conversaciones ocurridas en el mensajero? Bueno, este es un tema que involucra muchas interpretaciones, sin embargo, vamos ver lo que dice la ley al respecto.
SÍ, el WhatsApp puede ser monitoreado por la empresa
Antes de profundizar en la jurisprudencia del monitoreo del WhatsApp corporativo, cabe destacar que gran parte de las empresas proporciona a los colaboradores cuentas y dispositivos propios para que los empleados se comuniquen con el equipo interno, clientes y proveedores, y traten exclusivamente asuntos profesionales.
No obstante, por una cuestión de practicidad en el día a día, terminamos utilizando tales aparatos y el WhatsApp de la corporación para nuestra propia comunicación personal y esto es lo que genera incomodidad para la compañía y los trabajadores.
De acuerdo con la ley, las empresas pueden monitorear sus dispositivos y cuentas comerciales, siempre que haya una comunicación previa a los colaboradores sobre esta práctica. Es aconsejable, incluso, la firma de un término de consentimiento por parte del empleado, que registre su conocimiento sobre esta conducta de la compañía.
Lo que queda prohibido, conforme al Artículo 10º, del 5º Inciso de la Constitución Federal es el seguimiento de conversaciones p(Personales, dado que “son inviolables la intimidad, la vida privada, el honor y la imagen de las personas.”
Pero si los aparatos y el WhatsApp son propiedad del empleador y el uso de los mismos no se restringe a fines profesionales, ¡tenemos un impasse! ¿Cómo resolverlo?
¿Qué está permitido y prohibido al monitorear dispositivos y el WhatsApp corporativo?
¡Comencemos por los dispositivos físicos, como celulares, tabletas y computadoras portátiles de la empresa! Las corporaciones pueden monitorear diversas actividades desde los equipos para garantizar seguridad y productividad. Esto incluye:
Localización vía GPS: para rastreo de equipos externos y logística;
Uso de aplicaciones: verificación sobre aplicaciones instaladas y utilizadas;
Acceso a datos corporativos: control sobre correos electrónicos, documentos y archivos de la empresa en el dispositivo;
Historial de navegación: monitoreo de sitios accedidos;
En el WhatsApp corporativo, es posible supervisar:
Cumplimiento de la jornada laboral: verificar si gerentes y colaboradores laboran más allá del horario laboral, con el fin de evitar problemas laborales;
Divulgación de información confidencial de la empresa sin previa autorización – la Ley General de Protección de Datos prevé sanciones a las empresas que divulgan a terceros, datos sensibles de clientes, proveedores y colaboradores;
Incumplimiento de políticas de la empresa – infracciones legales, desviaciones de conducta, uso inadecuado de lenguaje, acosos, bullying, promoción de inseguridad psicológica;
Rastrear métricas de uso – detectar uso excesivo de la aplicación, cantidad de mensajes recibidos y enviados.
¿Cómo monitorear el WhatsApp y practicar el compliance digital?
Una solución innovadora en América Latina, de monitoreo e inteligencia conversacional ha sido diseñada para que las empresas puedan ejercer la gobernanza de su comunicación a través del WhatsApp corporativo, en conformidad con las leyes vigentes.
Zapper es una plataforma que monitorea cada cuenta de WhatsApp utilizada por la organización, pudiendo ser utilizada por todos los departamentos, con diversos beneficios: identificar puntos de mejora en los procesos internos; verificar el nivel de asertividad en el discurso de los empleados con clientes y terceros; probar estrategias de atención; observar la performance de campañas promocionales; detectar infracciones a las políticas de la corporación, entre otros.
Los datos recopilados cumplen con las exigencias de la LGPD, de almacenamiento en la nube de la información, especialmente de datos sensibles sobre identificación. De este modo, se evita la filtración del contenido y la exposición de los usuarios. El acceso queda restringido al gerente, promoviendo mayor seguridad.
Lee también: LGPD y WhatsApp: Lo Que Necesitas Saber
Zapper es un recurso que se asocia con la empresa en la práctica del compliance y en la gestión de interacciones por medio del WhatsApp corporativo, reforzando el compromiso ético y la responsabilidad con la seguridad de todos los usuarios del mensajero.
El uso de nuestra tecnología sumada a la transparencia de nuestros clientes con respecto a todos sus contactos es lo que está revolucionando la comunicación y generando mayor credibilidad en el mercado. ¿Qué tal ser parte de esto? Únete al equipo de grandes actores nacionales e internacionales que ya cuentan con nuestra solución. Estamos listos para atenderte.
¡Trabaja en conformidad! Haz clic aquí para agendar una demostración de la herramienta.
Claudia Campanhã
Periodista, locutor y posgraduada en medios sociales por la FAAP
Claudia Campanhã
Periodista, locutor y posgraduada en medios sociales por la FAAP
Comparte:
Comparte:
Comparte:
Comparte: