Condiciones generales del contrato de licencia de software Zapper

Condiciones generales del contrato de licencia de software Zapper

Condiciones generales del contrato de licencia de software Zapper

Condiciones generales del contrato de licencia de software Zapper

Por el presente instrumento, de una parte,

ZAPPER - WHATSPREAD MARKETING LTDA, persona jurídica de derecho privado, inscrita en el CNPJ/MF bajo el nº 25.128.908/0001-06, con domicilio en la Rua Iguaçu, nº 40, barrio Saco dos Limões, Florianópolis/SC, CEP 88.045-610, representada en este acto por sus representantes legales que suscriben al final, en adelante denominada simplemente “ZAPPER” o la ‘‘LICENCIANTE’’;

y de la otra parte,

El Cliente que haya suscrito los términos de contratación en el Cuadro Resumen, en adelante denominado simplemente “LICENCIATARIA”,

Ambas partes, en conjunto, denominadas las “Partes”, e individualmente, indistintamente, como la “Parte”,

CONSIDERANDO que ZAPPER ofrece un software de inteligencia y seguridad para el monitoreo de múltiples cuentas de WhatsApp, con análisis de desempeño y conformidad (el “Software”), y

CONSIDERANDO que la LICENCIATARIA tiene interés en los servicios a ser prestados por ZAPPER,

ACUERDAN las Partes celebrar el presente Contrato de Licencia de Software ZAPPER (el “CONTRATO”), de conformidad con las disposiciones del Código Civil Brasileño vigente, de acuerdo con los términos y condiciones que se establecen a continuación.

  1. OBJETO

1.1 El objeto del presente CONTRATO es la concesión de una licencia de uso no exclusiva del Software ZAPPER, de titularidad y desarrollo de ZAPPER, cuyo propósito es permitir que el LICENCIATARIO realice el monitoreo de las conversaciones de WhatsApps Corporativos de determinados empleados, así como el almacenamiento continuo de los mensajes enviados y recibidos por dichos empleados, y la extracción de métricas de dicha comunicación.

1.2 El CONTRATO celebrado entre las Partes se regirá por todas las especificaciones, precios, funcionalidades y demás características previstas en el Cuadro Resumen firmado por el cliente, el cual pasa a formar parte integrante e inseparable del presente instrumento, sin que exista duda alguna respecto del servicio que será prestado por ZAPPER.

  1. DEL VALOR Y LA FORMA DE PAGO

2.1  Por la licencia de uso del software, el LICENCIATARIO abonará los importes establecidos de acuerdo con la cantidad y las condiciones comerciales descritas en el Cuadro Resumen de este CONTRATO, el cual contiene todas las condiciones negociadas con el cliente.

2.2   En caso de que el LICENCIATARIO utilice el objeto de este CONTRATO en una cantidad superior al número de usuarios monitorizados inicialmente contratados, y tal práctica sea detectada por la LICENCIANTE, esta podrá, de forma alternativa o acumulativa:

a)  cobrar de inmediato los importes correspondientes al número adicional de usuarios efectivamente identificados, conforme a la tabla contenida en el Cuadro Resumen, con la adición de los valores retroactivos debidos desde el inicio de la utilización excedente, calculados con base en el valor vigente al momento de la identificación;

b) en el caso de un plan con vigencia anual, considerar dichos importes adicionales como un “upsell” contractual, incorporándolos al precio mensual hasta la finalización del período inicial de doce (12) meses;

c) facultar al LICENCIATARIO a reducir el “upsell” y retornar al número mínimo contratado, observándose que no se admitirá la reducción del mínimo originalmente contratado antes de transcurrido el plazo de doce (12) meses desde la firma del presente CONTRATO, conforme a la cláusula 2.3.

2.3  En caso de reducción del número de licencias contratadas a solicitud de la LICENCIATARIA, dicha reducción solo podrá efectuarse una vez transcurrido el período mínimo de doce (12) meses contados desde la fecha de inicio de vigencia del presente CONTRATO. La reducción no tendrá efecto retroactivo, por lo que los importes ya abonados no serán reembolsados.

Párrafo único: Durante el período de fidelización, la LICENCIATARIA podrá aumentar la cantidad de licencias contratadas, conforme a las condiciones de la propuesta comercial vigente, sin perjuicio de la cantidad mínima establecida en este CONTRATO.

2.4  En caso de mora en el pago por parte de la LICENCIATARIA, se aplicará una multa del dos por ciento (2%) sobre el importe debido, cobrada una sola vez, así como intereses moratorios del uno por ciento (1%) mensual, calculados pro rata die sobre el saldo pendiente desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha del pago efectivo de la deuda. El valor total será actualizado conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor Amplio (IPCA) o cualquier otro índice que lo sustituya.

2.5 Los precios por el uso del Software podrán ser ajustados anualmente con base en la variación del IPCA o del índice que lo sustituya, quedando facultadas las Partes, en caso necesario, a renegociar el valor del contrato de acuerdo con las condiciones de mercado u otros factores relevantes.

2.6  La LICENCIANTE no tendrá obligación alguna de mantener los servicios si la LICENCIATARIA deja de efectuar los pagos dentro del plazo estipulado, quedando dicha obligación suspendida tras treinta (30) días de mora, sin perjuicio de las demás penalidades previstas en este CONTRATO.

2.7  La LICENCIANTE podrá aplicar condiciones especiales o adicionales de uso o acceso en situaciones específicas, las cuales serán debidamente informadas al LICENCIATARIA de manera detallada, en la propuesta comercial o en documento complementario.

  1. RESPONSABILIDADE Y OBLIGACIONES DE LA LICENCIANTE

3.1 La LICENCIANTE declara ser responsable de proporcionar las herramientas necesarias para que la LICENCIATARIA pueda crear, desarrollar y/o integrar sus políticas de compliance, utilizando su propio equipo o el de terceros que contrate para tal fin.

3.2  La LICENCIANTE, para el suministro del Software ZAPPER, utiliza los servicios de proveedores de infraestructura en la nube, con el objetivo de almacenar y procesar los datos de sus clientes y mantener el soporte y la atención continuos.

3.3  La LICENCIANTE no será responsable por los resultados derivados del presente CONTRATO en los siguientes supuestos:

(i)     Cuando el objeto del CONTRATO se vea afectado por factores externos, tales como virus, accesos no autorizados, ataques de hackers o crackers.

(ii)   Cuando se produzcan fallos operativos o operaciones realizadas por personas no autorizadas para el uso del Software ZAPPER.

(iii) Cuando se generen daños o perjuicios derivados de actos o decisiones administrativas, de gestión o comerciales con la finalidad de realizar actividades distintas al objeto del CONTRATO, o por el registro de números telefónicos que no se encuentren dentro del alcance de ejecución del mismo.

3.4  La LICENCIANTE deberá cumplir con los Niveles de Servicio (Anexo I) y las funcionalidades del Software ZAPPER.

3.5  La LICENCIANTE no será responsable en caso de indisponibilidad de los servicios de WhatsApp (fallos de su infraestructura, caídas del servidor o cualquier otro problema relacionado con dicha plataforma).

3.6  La LICENCIANTE se compromete a proporcionar mantenimiento, actualizaciones y soporte técnico adecuados para el Software durante la vigencia de este CONTRATO, conforme a los términos y condiciones establecidos.

3.7  La LICENCIANTE se compromete a proporcionar mantenimiento, actualizaciones y soporte técnico adecuados para el Software durante la vigencia de este CONTRATO, conforme a los términos y condiciones establecidos.


3.8  La LICENCIANTE se compromete a proporcionar mantenimiento, actualizaciones y soporte técnico adecuados para el Software durante la vigencia de este CONTRATO, conforme a los términos y condiciones establecidos.

  1. RESPONSABILIDADE Y OBLIGACIONES DE LA LICENCIATARIA

4.1     La LICENCIATARIA declara conocer que la LICENCIANTE no tiene responsabilidad alguna sobre la aplicación de mensajería WhatsApp, y que no será responsable por actualizaciones, interrupciones o fallos en los servicios causados por la empresa Facebook Inc., propietaria de dicha aplicación.

4.2     Será responsabilidad de la LICENCIATARIA:

(i)        Realizar los pagos debidos conforme a la información contenida en el Cuadro Resumen;

(ii)      Asegurar la legalidad, integridad y calidad de los datos e informaciones introducidos en el Software ZAPPER;

(iii)     Supervisar y mantener un control exhaustivo sobre los documentos e informaciones generados mediante el uso del objeto de este CONTRATO, informando de inmediato a la LICENCIANTE sobre cualquier fallo o problema detectado;

(iv)     Mantener un equipo debidamente capacitado para utilizar el Software ZAPPER y reportar con claridad los problemas ocurridos, a través del canal de comunicación establecido en el Anexo I, referente al Acuerdo de Nivel de Servicio (SLA);

4.3     La LICENCIATARIA será responsable de garantizar los avisos, permisos y consentimientos necesarios para recopilar, utilizar y compartir contenidos y datos personales, incluyendo la implementación y mantenimiento de una política de privacidad clara, conforme a la legislación vigente y aplicable.

4.4     La LICENCIATARIA no podrá copiar, descargar, compartir, modificar, traducir, transformar, publicar, transmitir, vender, sublicenciar, editar, transferir o ceder a terceros, ni crear obras derivadas a partir de los contenidos proporcionados por el Software ZAPPER, ni permitir que terceros lo hagan a través de su usuario o dispositivo, incluso sin su conocimiento.

4.4.1.     Lo dispuesto en el apartado anterior no se aplicará a los casos en que las herramientas integradas del Software ZAPPER ofrezcan legítimamente funcionalidades de exportación, compartición o integración, siempre que el uso por parte de la LICENCIATARIA se realice dentro de los límites y finalidades expresamente autorizados por la LICENCIANTE.

4.5     Para garantizar la seguridad, independientemente de otras acciones necesarias no descritas en la presente cláusula ni en aquella relativa a la Ley General de Protección de Datos, la LICENCIATARIA deberá:

(i) Gestionar y mantener los dispositivos de firewall y demás mecanismos de seguridad que conecten su red con los servicios de la LICENCIANTE;

(ii) Asumir toda la responsabilidad relativa a la seguridad de la información, fraudes, intrusiones o cualquier ataque informático, los cuales serán de su exclusiva responsabilidad.

4.6     En caso de que la LICENCIATARIA contrate terceros para la gestión del Software ZAPPER, se compromete a informarles, supervisarles y exigirles el cumplimiento de las obligaciones previstas en este CONTRATO, especialmente respecto a la regularidad del contenido, confidencialidad y privacidad de los datos, manteniendo indemne a la LICENCIANTE frente a cualquier reclamación o perjuicio derivado de la actuación de dichos terceros.

4.7     La LICENCIATARIA será la única y exclusiva responsable de la inserción de datos en el Software ZAPPER, eximiendo a la LICENCIANTE, para todos los efectos, de cualquier responsabilidad civil, penal, laboral, tributaria, digital o de cualquier otra índole jurídica, ante cualquier jurisdicción, instancia, fuero o tribunal.

4.8     La LICENCIATARIA será responsable de mantener sus datos de autenticación confidenciales y seguros. Por este motivo, sus empleados o representantes estarán obligados a establecer contraseñas que cumplan con los más altos estándares de seguridad permitidos por el Software ZAPPER.

4.9     La LICENCIATARIA será responsable del acceso y de la confidencialidad de la contraseña proporcionada para acceder a la plataforma del Software ZAPPER.

  1. RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

5.1     Las Partes serán responsables por todos los daños directos causados a la otra Parte, así como por las consecuencias de cualquier acción judicial, procedimiento administrativo, indemnización o reclamación derivada de la presente contratación. Cada Parte deberá asumir íntegramente los perjuicios resultantes de su propio incumplimiento o actuación.

5.2     En caso de que la Parte perjudicada presente una demanda contra la Parte que no sea directamente responsable del daño, conforme a lo aquí acordado, tendrá derecho a ejercer acción de regreso integral contra la otra Parte, debiendo denunciar el pleito para su comparecencia en el proceso correspondiente.

  1. APOYO TÉCNICO

6.1     La LICENCIANTE prestará soporte técnico en horario comercial (de 09:00 a 18:00 horas), de lunes a viernes, excepto fines de semana y festivos nacionales, mediante interacciones con los equipos de Soporte (contactos: +55 (11) 4200-2345 y soporte@zapper.to) y Customer Success (CS) (contactos: cs@zapper.to y relacionamiento@zapper.to), o por cualquier otro medio que la LICENCIANTE comunique previamente a la LICENCIATARIA.

(i) Las interacciones con la LICENCIANTE tienen por objeto asistir a la LICENCIATARIA en el uso eficaz de la plataforma ZAPPER, garantizando su satisfacción y el logro de los objetivos contratados;

(ii) La falta de respuesta o participación por parte de la LICENCIATARIA podrá afectar negativamente la calidad del servicio prestado por la LICENCIANTE y el alcance de los resultados esperados.

6.2     La LICENCIANTE prestará soporte técnico de acuerdo con el SLA de atención, actualización y mantenimiento, conforme a lo establecido en el Anexo I.

  1. DE LA PROPRIEDAD INTELECTUAL

7.1     El Software ZAPPER, así como todas las herramientas, códigos, componentes, integraciones, interfaces, bases de datos, marcas, manuales, contenidos técnicos y demás activos tecnológicos utilizados o que lleguen a ser desarrollados por la LICENCIANTE en el marco de sus actividades o en virtud del presente CONTRATO, son de titularidad única y exclusiva de la LICENCIANTE, y se encuentran debidamente protegidos conforme a la Ley nº 9.610/98 (Ley de Derechos de Autor) y demás normas de propiedad intelectual aplicables.

7.2     Todas las invenciones, descubrimientos, desarrollos o mejoras, metodologías, esquemas técnicos o de negocio, productos de trabajo de cualquier naturaleza, listas, datos y cualquier otra información a la que la LICENCIATARIA acceda o que fueran desarrolladas durante o en razón de la relación de prestación de servicios serán de titularidad única y exclusiva de la LICENCIANTE, sin que asigne a la LICENCIATARIA derecho alguno de adquisición o reivindicación. El uso por parte de la LICENCIATARIA se entenderá limitado al período de vigencia del CONTRATO y a las finalidades y límites aquí establecidos

7.3     La marca relativa al Software ZAPPER y demás signos distintivos son titularidad de la LICENCIANTE, y su uso por la LICENCIATARIA queda expresamente prohibido salvo autorización previa y por escrito. No obstante, la LICENCIANTE podrá mencionar a la LICENCIATARIA como cliente de la plataforma con fines de referencia comercial.;

7.4     Queda prohibida toda forma de sublicenciamiento, salvo la realizada a favor de subsidiarias, controladas o empresas integrantes del mismo grupo económico de la LICENCIATARIA, en los términos que acuerden las Partes.

7.5     La infracción de las cláusulas relativas a la Propiedad Intelectual dará lugar a una multa equivalente a diez (10) veces el valor total de este CONTRATO, además de la correspondiente indemnización por las pérdidas y daños que la LICENCIANTE llegase a sufrir, incluyendo, sin limitarse a, daños directos, perjuicios emergentes, daños incidentales, daños punitivos o indirectos y cualesquiera consecuencias económicas (incluyendo lucro cesante o pérdida de beneficios o ingresos), sin perjuicio de otras acciones legales que pudieran corresponder.

7.6     A los efectos de lo anterior, se entiende que el valor total del CONTRATO corresponde al importe mensual pagado multiplicado por el período de doce (12) meses;

  1. DE LA CONFIDENCIALIDAD

8.1     Las Partes, así como sus empleados y representantes, se obligan a mantener secreto y confidencialidad sobre cualesquiera datos, materiales, documentos, especificaciones técnicas o comerciales que deban ser tratados como información confidencial, con independencia de comunicación previa. Queda prohibido, bajo cualquier pretexto o causa —por omisión, culpa o dolo— revelar, reproducir o divulgar dicha información a terceros en cualquier momento, salvo que exista consentimiento expreso y por escrito de la Parte titular, o que la información ya fuese de dominio público, o hubiese existido con anterioridad a la celebración del CONTRATO, o sea inherente al mercado o al tipo de actividad de las Partes.

8.2     No se considerarán Información Confidencial aquellas informaciones que: (i) hayan pasado a dominio público por causas ajenas a la Parte receptora; (ii) hayan sido autorizadas para su divulgación por escrito por la Parte originaria; (iii) deban ser reveladas en cumplimiento de una orden, requerimiento o disposición legal o administrativa de una autoridad pública; o (iv) ya fueran de conocimiento de la Parte receptora en el momento de su revelación, siempre que esta última lo manifieste de forma inmediata en el acto de la revelación.

8.3     La revelación no autorizada de Información Confidencial podrá causar daños irreparables a la Parte afectada, por lo que cada Parte deberá emplear sus mejores esfuerzos y adoptar todas las medidas judiciales y extrajudiciales pertinentes para minimizar los riesgos derivados de dicha revelación y evitar su divulgación.

  1. DE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

9.1     Las Partes declaran conocer y se obligan a cumplir, por sí y por sus socios, administradores, representantes y colaboradores, así como a exigir el cumplimiento por parte de los terceros que contraten, las disposiciones de la Ley nº 13.709/2018 (Ley General de Protección de Datos —LGPD—), sin perjuicio de otras normas sectoriales o generales aplicables.

9.2     La LICENCIATARIA actuará como Controladora de los Datos Personales, y la LICENCIANTE actuará como Operadora de los Datos Personales.

9.3     La LICENCIATARIA es titular y propietaria exclusiva de todos los datos e informaciones que introduzca en el Software ZAPPER, y será responsable de gestionar y procesar los datos de terceros que alimenten el software por cualquier título (en lo sucesivo, “Informaciones Generales”).

9.4     Las Partes deberán mantener confidencialidad sobre los Datos Personales tratados en virtud del presente CONTRATO, respondiendo por las personas que accedan a los mismos y garantizando que tales individuos estén sujetos a deber de confidencialidad y debidamente instruidos al respecto.

9.5     Cuando, en el uso del Software ZAPPER por parte de la LICENCIATARIA, se realice Tratamiento de Datos Personales, la LICENCIATARIA será la única responsable de recabar las autorizaciones que resulten necesarias frente al titular de los datos, así como de los eventuales procesos o almacenamientos de Datos Personales que se efectúen dentro de las funcionalidades del Software y en el contexto del objeto de este CONTRATO.

9.6     Las Partes se comprometen a tratar cualquier Dato Personal involucrado en la ejecución del presente CONTRATO única y exclusivamente para cumplir la finalidad prevista, y se sujetarán a lo siguiente:

9.6.1     En su calidad de Controladora, la LICENCIATARIA será responsable de adoptar las decisiones relativas al Tratamiento de los Datos Personales. Corresponde a la Controladora, entre otras obligaciones no taxativas:

(a) verificar y definir, conforme a criterios propios, la finalidad del tratamiento de los Datos Personales;

(b) mantener la exactitud y actualización de los datos personales;

(c) informar a los Titulares de Datos Personales sobre el tratamiento de sus datos y las modalidades para el ejercicio de sus derechos;

(d) elaborar y efectuar las notificaciones pertinentes (incluyendo notificaciones de violación de la protección de datos) ante las autoridades competentes cuando la normativa lo exija, y en general cumplir con las obligaciones que por ley correspondan al Controlador.

9.6.2     En su calidad de Operadora, la LICENCIANTE realizará el Tratamiento de Datos Personales únicamente conforme a las instrucciones de la LICENCIATARIA y para la consecución de las finalidades delimitadas en el presente CONTRATO. La LICENCIANTE no deberá ser considerada responsable frente a los Titulares de los Datos ni ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos por actuaciones que se ajusten a las instrucciones del Controlador, debiendo la LICENCIATARIA realizar los esfuerzos necesarios para eximir a la LICENCIANTE de cualquier procedimiento administrativo o judicial que se inicie, salvo que la LICENCIANTE haya realizado un tratamiento irregular o fuera de los límites autorizados por la LICENCIATARIA;

9.7     La LICENCIANTE, en su calidad de Operadora, realizará el tratamiento de Datos Personales exclusivamente para los fines de los servicios objeto del presente CONTRATO y se obliga a:

(i) procesar y utilizar los Datos Personales únicamente para los propósitos establecidos en este CONTRATO o conforme a instrucciones documentadas de la LICENCIATARIA, y para ninguna otra finalidad sin autorización previa y por escrito de la LICENCIATARIA. Si la LICENCIANTE considera que no dispone de información suficiente para el tratamiento o que una instrucción infringe la normativa de protección de datos, notificará inmediatamente a la LICENCIATARIA y esperará nuevas instrucciones;

(ii) no divulgar los Datos Personales a terceros, salvo a aquellos estrictamente necesarios para la ejecución del presente CONTRATO y siempre que se hallen sujetos a obligaciones vinculantes de confidencialidad o para dar cumplimiento a obligaciones legales o regulatorias;

(iii) implementar las medidas técnicas y organizativas necesarias para proteger los Datos Personales, teniendo en cuenta técnicas avanzadas, el coste de aplicación, la naturaleza, el alcance, el contexto y las finalidades del tratamiento, así como los riesgos inherentes al procesamiento, en particular respecto a la destrucción, pérdida, alteración, divulgación no autorizada o acceso a los Datos Personales transmitidos, almacenados o de otra forma tratados.

9.8     En el curso del CONTRATO, la LICENCIANTE podrá rechazar reglas de negocio definidas por la LICENCIATARIA que tengan por objeto frustrar los objetivos de la LGPD, así como podrá negarse a desarrollar servicios que contravengan directa o indirectamente la LGPD; en tales supuestos, la LICENCIANTE quedará eximida de responsabilidad frente a la LICENCIATARIA y terceros.

9.9     La LICENCIANTE no será responsable frente a la LICENCIATARIA cuando, actuando en cumplimiento de las premisas de la LGPD, con posterioridad a la prestación o entrega de servicios, se constate que una práctica de mercado, ampliamente adoptada, vulneró la LGPD en virtud de interpretaciones judiciales o administrativas que no existían hasta el momento.

9.10     Si una de las PARTES fuera demandada por cualquier persona (física o jurídica) a consecuencia de una actividad de tratamiento irregular de Datos Personales realizada o ordenada por la otra Parte, la 8 Parte inocente tendrá derecho a denunciar la litis (denunciação da lide) conforme a lo dispuesto en el artículo 125, II, del Código de Proceso Civil, sin perjuicio del reembolso por parte de la Parte responsable de cualquier condena, multa y gastos judiciales o extrajudiciales

9.11     Las PARTES se obligan a informar a la otra, en el plazo máximo de 48 horas, de cualquier incidente de seguridad que afecte a Datos Personales recogidos, obtenidos o almacenados en virtud del presente CONTRATO, adoptando conjuntamente las medidas necesarias para la mitigación de riesgos y para el cumplimiento de la normativa aplicable.

9.12     Las PARTES se comprometen a notificarse recíprocamente, en el plazo máximo de 48 horas, sobre cualquier solicitud del Titular relativa a acceso, rectificación, modificación, actualización, supresión, bloqueo, eliminación, portabilidad o revocación del consentimiento, en los términos del artículo 18 de la LGPD, cooperando entre sí para dar una respuesta adecuada.

9.13     La Parte que cause un tratamiento indebido o la exposición de Datos Personales responderá íntegramente por los daños ocasionados, quedando asegurado a la Parte perjudicada el derecho de regreso y al resarcimiento de cualesquiera importes desembolsados, incluyendo indemnizaciones, multas, tasas y costas procesales.

9.14     Las normas relativas a la Seguridad de la Información adoptadas por la LICENCIANTE se encuentran detalladas en el Anexo II del presente CONTRATO.

  1. DURACIÓN Y RESCISIÓN DEL CONTRATO

10.1     La vigencia del presente CONTRATO será de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de su firma, salvo disposición distinta en los Anexos, renovándose automáticamente por períodos iguales y consecutivos.

10.2     Durante el primer año de vigencia del presente CONTRATO, la LICENCIATARIA podrá solicitar su rescisión, siempre que comunique su intención con noventa (90) días de antelación.

10.3     La penalización por rescisión anticipada no será aplicable en caso de renovación automática del contrato, supuesto en el cual la LICENCIATARIA deberá notificar a la LICENCIANTE su intención de rescindirlo con una antelación mínima de treinta (30) días.

10.4     En caso de que la LICENCIATARIA no observe lo dispuesto en la cláusula 10.2, deberá abonar una multa equivalente a tres (3) cuotas mensuales, proporcionales al período incumplido del preaviso.

10.5     Las multas deberán ser pagadas dentro de los diez (10) días siguientes a la rescisión, sin perjuicio de los pagos adeudados hasta dicha fecha.

10.6     La LICENCIANTE se reserva el derecho de suspender o eliminar la cuenta de la LICENCIATARIA, mediante notificación previa de quince (15) días, con el fin de verificar posibles infracciones en los siguientes supuestos:

(i) Violación de los presentes términos por parte de la LICENCIATARIA; y/o

(ii) Uso o acceso al servicio del software ZAPPER que implique infracción de leyes o reglamentos; y/o

(iii) Investigación derivada de acción judicial o intervención de una autoridad pública; y/o (iv) Que la cuenta o su uso se considere, a exclusivo criterio de la LICENCIANTE, inapropiado, ofensivo o contrario a los presentes términos.

10.7     En los supuestos de suspensión o eliminación de la cuenta conforme a la cláusula anterior, la LICENCIATARIA no tendrá derecho a reclamación, reembolso o indemnización alguna.

10.8     La suspensión o cancelación de la cuenta por causas imputables a la LICENCIATARIA no la eximirá del pago de los importes o tarifas correspondientes. Si el servicio fuera finalizado, la LICENCIANTE cooperará para permitir la recuperación de datos o información personal, siempre que el motivo de la rescisión no se derive de una infracción de la normativa de protección de datos personales.

10.9     La LICENCIANTE se reserva el derecho de sustituir o discontinuar cualquiera de sus servicios o productos, notificando a la LICENCIATARIA con noventa (90) días de antelación, pudiendo ofrecer un producto similar o sustituto con condiciones equivalentes de uso, supuesto en el cual no se adeudará compensación alguna.

10.10     En caso de rescisión del presente CONTRATO por decisión de la LICENCIATARIA o por incumplimiento de sus obligaciones, ocurrirá:

(i) La inmediata inhabilitación de las licencias o revocación del uso del Software ZAPPER, sin necesidad de medida judicial o extrajudicial;

(ii) La cobranza de las multas establecidas en la Cláusula 2.4, sin necesidad de previo aviso.

10.11     Las solicitudes de rescisión contractual deberán realizarse única y exclusivamente a través del correo electrónico cancelamento@zapper.to. Cualquier otro medio de comunicación no será considerado como solicitud formal de rescisión.

10.12     En caso de incumplimiento de cualquier cláusula del presente CONTRATO, y no subsanada la falta dentro del plazo indicado en la notificación enviada a la parte infractora, esta estará sujeta al pago de una multa compensatoria equivalente al diez por ciento (10%) del valor mensual abonado a la LICENCIANTE, salvo que exista penalidad específica prevista, sin perjuicio de los daños y perjuicios correspondientes.

10.13     Constituyen causas justas para la resolución inmediata del presente CONTRATO por la parte inocente o perjudicada:

a) Desidia o negligencia de cualquiera de las Partes en el cumplimiento de las obligaciones asumidas;

b) Incumplimiento de las cláusulas y obligaciones establecidas, no subsanado dentro del plazo de la notificación correspondiente;

c) Insolvencia, concurso, reestructuración o quiebra de cualquiera de las Partes;

d) Caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite la ejecución del presente CONTRATO.

  1. DISPOSICIONES FINALES

11.1     Toda concesión o tolerancia entre las Partes respecto de los derechos u obligaciones previstos en este CONTRATO será considerada mera liberalidad, sin generar derechos presentes o futuros.

11.2     Cualquier comunicación entre las Partes deberá realizarse por escrito, incluso por medios electrónicos, siempre que se utilicen los canales oficiales de comunicación establecidos por la LICENCIANTE.

11.3     La LICENCIATARIA consiente libre y expresamente, previa información, la transferencia de sus datos a terceros del mismo grupo económico, en caso de venta, fusión, adquisición o cualquier reorganización 10 societaria, con el fin de garantizar la continuidad del presente CONTRATO.

11.4     Ninguna de las Partes será responsable por el incumplimiento o retraso de sus obligaciones no monetarias derivadas de caso fortuito o fuerza mayor, debiendo la parte afectada informar por escrito la naturaleza y alcance del impedimento.

11.5     En caso de controversia relativa al objeto del CONTRATO, salvo la obligación de pago de la LICENCIATARIA, las Partes se comprometen a buscar una solución amistosa antes de recurrir a otras vías.

11.6     Las Partes reconocen expresamente que el presente CONTRATO, sus Anexos y documentos aplicables, constituyen el único acuerdo válido entre ambas respecto a su objeto, dejando sin efecto cualquier otro convenio previo, tácito o expreso.

11.7     Nada en este CONTRATO tiene por objeto crear una agencia, sociedad o joint venture entre las Partes. Su relación será, en todo momento, la de contratantes independientes, sin que ninguna de ellas tenga autoridad para vincular o representar a la otra.

  1. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

12.1     El presente CONTRATO se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de la República Federativa de Brasil.Las Partes eligen el foro de la Comarca de Florianópolis/SC, renunciando expresamente a cualquier otro que pudiera corresponderles por razón de su domicilio o privilegio.

ANEXO I – ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO (SLA)

  1. Acuerdo de Nível de Servico (SLA)

1.1     Todas las solicitudes de soporte técnico y los incidentes reportados serán clasificados con un código de severidad, conforme al impacto que generen en el cliente o usuario.

1.2     Los códigos de severidad se utilizan para priorizar los incidentes y garantizar la correcta atención, definir plazos estimados para su resolución, establecer límites de escalamiento y medir el desempeño conforme al SLA acordado.

1.3     El cumplimiento de los objetivos de nivel de servicio depende de la existencia de un Plan de Continuidad de Negocio actualizado y de las dependencias allí identificadas, junto con los acuerdos de soporte de hardware, software o servicios de terceros relevantes y sus respectivos SLA.

1.4     El código de severidad inicial será propuesto por el cliente y revisado por el equipo de ZAPPER al momento de registrar el incidente en el sistema de soporte, mediante la apertura de un ticket.

1.5     El SLA para la primera respuesta del equipo de Soporte y del área de Customer Success es de 24 horas hábiles.

  1. Directrices de Severidad

2.1     Severidad Uno: Pérdida total del servicio

  • Pérdida total del servicio que afecta la atención al cliente o los servicios SaaS en la nube.

  • Sistema(s) o servicio(s) crítico(s) fuera de operación.

  • * La atención está directamente vinculada al servicio de WhatsApp. En caso de cambios, interrupciones, degradación o alteraciones en su infraestructura, los plazos de resolución serán tratados bajo un esquema de mejor esfuerzo (best effort).

2.2     Severidad Dos: Pérdida parcial del servicio

  • Pérdida parcial del servicio que afecta la atención al cliente o los servicios SaaS en la nube.

  • Falla de aplicación con consecuencias directas en las operaciones del cliente, como retrasos en el inicio del sistema.

  • Indisponibilidad de múltiples servicios en la nube (IaaS, DaaS, SaaS u otros).

  • Falla parcial del sistema aplicativo o de un componente no crítico.

  • Usuario VIP con acceso crítico al sistema afectado.

  • Falla de componente de servidor único o de servicio no crítico, o interrupción de recurso

2.3     Severidad Tres: Servicio degradado

  • Problema que afecta el acceso o el rendimiento de un único cliente o usuario.

  • Reportes ausentes o incorrectos.

  • Rendimiento lento del sistema o aplicación. - Alta o baja de usuario estándar (implantación de usuario).

  • Reinicio de sistemas de autenticación o seguridad (MFA/SSO).

2.4     Severidad Cuatro: Sin impacto en el servicio

  • Cualquier incidencia o consulta que no genere impacto en el servicio ni requiera acción inmediata.

ANEXO II - TÉCNICAS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

  1. Cifrado y Almacenamiento de Datos

1.1     La ZAPPER asegura que todos los datos capturados se almacenarán en reposo utilizando el estándar industrial de cifrado AES-256. El almacenamiento se realizará a través del servicio de gestión de RDBMS de AWS RDS, de acuerdo con las especificaciones y actualizaciones de seguridad más recientes recomendadas por el proveedor.

  1. Cláusula de Segmentación y Aislamiento de Datos

2.1     La ZAPPER implementará una segmentación lógica a nivel de base de datos, utilizando identificadores únicos para cada conjunto de datos del LICENCIATARIA. Además, se aplicarán políticas de Aislamiento de Datos a Nivel de Fila (RLS - Row Level Security) para reforzar la seguridad y privacidad de los datos almacenados, garantizando que la información del LICENCIATARIA esté adecuadamente protegida.

  1. Cláusula de Gestión de Acceso vía API

3.1     En las capas de API, la aplicación Hasura, de grado empresarial, será utilizada por la LICENCIATARIA como middleware central para reforzar las políticas de autenticación y acceso. Esta aplicación seguirá las mejores prácticas en la implementación de Listas de Control de Acceso (ACLs), garantizando que únicamente los usuarios autorizados por el LICENCIATARIA tengan acceso a los datos correspondientes.

  1. Cláusula de Acceso a los Entornos de Producción

4.1     La ZAPPER posee acceso a los entornos de producción, restringido principalmente a accesos programáticos. Cualquier acceso directo a los datos de producción será estrictamente controlado y limitado a colaboradores con privilegios escalonados y específicos dentro del dominio de la aplicación. Todos los accesos serán temporales y sujetos a auditoría.

4.2     En situaciones donde se requiera asistencia en el uso de la herramienta o depuración de problemas, el acceso temporal por parte de los agentes de soporte de la ZAPPER podrá concederse tras el consentimiento expreso del LICENCIATARIA. Este acceso será limitado, designado específicamente para dicho fin, auditable, y la información visualizada será redactada o anonimizada para preservar la privacidad de los datos del LICENCIATARIA.

  1. Cláusula de Auditoría Externa

5.1     La aplicación y los entornos operativos de la ZAPPER serán sometidos periódicamente a auditorías externas, realizadas por entidades acreditadoras, para asegurar el cumplimiento con las políticas de seguridad establecidas y acordadas con el LICENCIATARIA.

5.2     Las auditorías externas de seguridad de la información, incluyendo pruebas de penetración (pentests), se realizarán periódicamente por la ZAPPER para validar y reforzar la adhesión a los estándares industriales de mejores prácticas, incluyendo las directrices actualizadas de OWASP, según las necesidades de seguridad estipuladas por el LICENCIATARIA.

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